Ingreso Mínimo Mensual y Asignación Familiar 2013

Tabla de contenido

Por si todavía no lo leyó, tal y como aprobó el Congreso Nacional y publicó este 23 de Agosto de 2013 según Ley 20.689, se elevaron los montos del Ingreso Mínimo Mensual y de la Asignación Familiar, a contar desde el 1 de Agosto.

Estos montos deberían haber subido a partir del 1 de Julio, pero la discusión ha sido más fuerte y prolongada que otros años, y al final se ha reajustado en un 8,8%, uno de los mayores incrementos de los últimos 10 años (sólo superado en el año 2008 con un 10,4%).

Los importes finales son los siguientes:

Ingreso Mínimo Mensual:

  • Mayores de 18 años, y hasta 65 años: 210.000 pesos
  • Mayores de 65 años, y menores de 18: 156.770 pesos
  • Ingreso Mínimo para fines no remuneracionales: 135.463 pesos
  • El Ingreso Mínimo para los trabajadores de casa particular es el 100% del Ingreso Mínimo Mensual desde el 1 de Marzo del 2011, por lo que queda también en 210.000 pesos

Asignación Familiar:

Tabla Asignación Familiar 2013
Puede revisar toda la discusión de la Ley en el siguiente enlace,  y contiene puntos muy interesantes, tales como análisis del entorno nacional e internacional y su consideración en la pérdida de competitividad por tener salarios cada vez mayores con respecto a los países del entorno, imposibilidad de hacer la ley retroactiva a partir del 1 de Julio por los efectos de cálculo y reliquidación de ciertos pagos del Estado, repercusión en las arcas fiscales, la discusión sobre salario mínimo y salario ético, etc.

Plan Contador de Laudus: Solución para estudios contables

Obtén acceso a precios preferenciales, soporte prioritario y oportunidad de generar ingresos recurrentes.

9 Comentarios

  1. Hola! Me gustaria saber si es verdad que al trabajar parttime el aumento no es aplicado? Trabajo con contrato 25horas a lasemana ,a todas mis compañeras que trabajan full time les fue aplicado el aumento y a mi no por ser parttime. Espero respuesta,muchas gracias !

  2. Una consulta si la Gratificación mínima anual por el nuevo salario mínimo es de 997.500.- ¿se tiene que pagar la diferencia faltante a los trabajadores?

  3. Agradeceré su orientación a lo siguiente por favor : Al pagar la diferencia de gratificación de $47.103.- ¿Es obligatorio aplicarle además el reajuste IPC? sucede que a veces se entra en esa discusión y exigen pagar+ reajuste IPC. Favor me puede confirmar si es obligatorio.

  4. Hola yo ganaba hasta julio 193000 el minimo y me daban 16000 de gratificacion y cuando el sueldo subio a 210000 me bajaron la gratificacion a 10000. Eso esta bien? Porque no se mucho de leyes laborales.

Escribir

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

HTML tags y atributos:

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>

Notas recientes

Newsletter

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario