Respuestas de Clientes y a Proveedores de los DTE

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Estimado/a usuario/a, hace un par de días publicamos una entrada IMPORTANTE (con mayúscula) sobre el Acuse de Recibo, las respuestas a DTE, y la nueva Circular nº4 del SII. El enlace es: https://laudus.ingenima.com/blog/acuse-de-recibo-a-factura-electronica-y-credito-fiscal-de-iva-version-2017/

Pero como la mayoría de los usuarios no suelen leer las entradas más áridas, intentaremos ahora resumir las implicaciones que tiene para el uso diario de nuestro ERP esta nueva circular. Y recuerde leer bien la entrada original, ya que entre otras cuestiones le afecta a sus vacaciones. Y no es una broma para llamar su atención.

Concentrémonos entonces en el uso del software y de la página del Servicio en el día a día, en lo que respecta a respuestas recibidas de los Clientes, y respuestas que nosotros hacemos a Facturas de Proveedores.

  • Respuestas que recibimos de los clientes a los DTE que nosotros les emitimos: con la nueva circular, sus clientes no tienen la obligación de enviarle respuestas por email. Es suficiente con que utilicen la Plataforma que el SII provee para aceptar/rechazar DTE.
    Por lo tanto, toda la información en Laudus relativa a respuestas de los clientes ahora tiene menos sentido. No la quitamos porque hay clientes que siguen enviando respuestas por email, y porque es posible que el SII con el tiempo publique servicios web que nos permitan consultar la información en línea.
    Esto incluye:
    – La información en la pantalla de las Facturas de Ventas, donde dice «DTE Info» y que muestra al respuesta recibida del cliente.
    – Las estadística de «Respuestas de Clientes a DTE».
    – La pantalla inicial que recoge y muestra las respuestas de los Clientes.
    – La Alerta de «Facturas electrónicas sin respuesta»
    En vez de estos informes, usted debería ir a la página del Servicio para comprobar si tiene Facturas emitidas que hayan sido rechazadas por sus clientes. Dado que usted no puede obligar a los clientes a que le respondan por email, debería comprobar los dos sistemas.
  • Respuestas que nosotros emitimos a Facturas recibidas de Proveedores: usted puede enviar por email desde Laudus una respuesta de rechazo de un DTE de un Proveedor, pero eso no va a evitar que el Proveedor la envíe a factoring. Con la nueva Circular, usted tiene que rechazarlo por la Plataforma del SII.
    Pero dado que sí depende de usted el enviar además una respuesta por email, y como no está «prohibido», nosotros le recomendamos enviar además la respuesta de rechazo mediante Laudus ERP. De esta forma, los informes de Laudus le servirán para saber qué facturas ha rechazado, y el estatus de las mismas.

Recuerde que tanto las Facturas que usted emite, como las que recibe, si no han sido rechazadas en 8 días corridos, se dan por irrevocablemente aceptadas.

Igual, si las acepta en esos 8 días no puede rechazarla, y si la rechaza en esos 8 días no puede volver a aceptarla. Una respuesta no admite corrección.

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16 Comentarios

  1. el gran problema del estado de documentos emitidos por el lado del SII, es que se debe ver la informacion una a una y no por estados. Lo que hace que para empresas con gran flujo de facturacion sea un control tedioso y con una significativa perdida de tiempo.

  2. Habrá que contratar personal adicional para hacer esto.
    No encuentro el sentido de cambiar algo que ya funcionaba por algo que obliga a ir a la página del SII, con lo complicado que ya es hoy recibir las aceptaciones del SII de las facturas que se emiten, a veces llegan al día siguiente.
    Espero que la capacidad del SII no colapse cuando estemos todos metidos aceptando o rechazando las facturas.
    Además, con toda las nuevas normas y nuevos registros contables tributarios, los contadores apenas alcanzamos a actualizarnos.

  3. Quizás sería bueno explicar en forma oficial el «nuevo» funcionamiento de la autorización de las facturas de venta. Ya no tenemos las ventanitas informativas (Aceptado OK o en espera) ni la barra de progreso durante la conexión con el servidor del SII, ahora el estado debe consultarse en la pantalla «DTE pendientes», y éste no se refleja automáticamente en la casilla «Estado SII» en la pestaña «DTE info». Todo esto es bastante confuso y poco intuitivo, comparado con el procedimiento anterior. A mi me lo explicó Victoria de forma muy amable, lo cual le agradezco mucho, pero probablemente otros usuarios estén aún «a oscuras» a este respecto.

  4. Estimados,

    Junto con saludarles, nuevamente acudo a ustedes por ayuda, les explico, que desde un tiempo hasta ahora me he fijado, que cuando en recibo el acuse de recibo de un DTE dirigido hacia un cliente con sistema gratuito de SII, este me aparece como la siguiente leyenda :

    99
    DRD-Diferente al SII

    Aquí les dejo un extracto mayor, si pudieran orientarme es este sentido.

    T33_FXXXX.xml
    2017-03-29T18:39:07
    XXXXXXX
    SetDTE
    U7eUskmU…..g6A5dRHPyOg=
    AAAAAAAA-A
    BBBBBBBB-B
    0
    ERC – Envio Recibido
    1

    33
    XXXX
    2017-03-29
    AAAAAAAA-A
    BBBBBBBB-B
    48281
    99
    DRD-Diferente al SII

    Desde ya muchas gracias.

    1. a mi me aparece lo mismo

      El Receptor xxx No ha Aceptado el documento:

      Rut Emisor:
      Emisor: JOSE
      Folio DTE:
      Tipo DTE: FACTURA ELECTRONICA
      Fecha Emisión: 2018-06-15
      Rut Receptor: xxxxxxx-8
      Receptor: xxxx LIMITADA
      Monto Total: 169200
      Codigo Rechazo: 99
      Glosa Rechazo: DRD-Diferente al SII

      Se Adjunta: XML de Acuse de Recibo emitido por INDUSTRIAL Y MINERA LOS ESTEROS LIMITADA

      El siguiente mensaje fue enviado de: Servidor[WIN-DH52PEHU73B]

  5. Estimado es cierto que el SII ya disponibilizo URL para hacer reclamo de facturas masivo? de ser asi tienen ya la solucion a la venta para concetarse con los ERP?

  6. Estimado laudus , quiero hacerle una consulta , si me puede orientar sobre el procedimiento contable y efecto tributario de contabilizar mercaderias o activos fijos , por estar obsoletos o deteriorados , sé que
    este no es el tema tratado acá pero no sé q quién más preguntar , si no puede no importa igual su block es GENIAL , saludos

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