Estamos recibiendo bastantes llamados preguntando cuándo vamos a publicar una actualización con los cambios por la Ley de Protección al Empleo. Es lógico, porque ya estamos a día 29, y el cálculo de las liquidaciones en muchas empresas suele estar listo a estas alturas.
Pero no podemos publicar una actualización todavía.
La primera razón es porque el Congreso no se ha pronunciado aún si van a cambiar o no la Ley que ya está publicada. Lo que están discutiendo es el porcentaje sobre el que se van a calcular las imposiciones en el caso de suspensión del contrato laboral.
En circunstancias normales publicaríamos una actualización con la Ley actual, ya que dadas las fechas los cambios no serían para este mes. Pero no estamos en circunstancias normales, y cuando el Congreso tome una decisión la van a exigir para este mes, porque todo es urgente a este respecto. Y no sirve de nada publicar ahora una actualización que va a calcular liquidaciones que no son válidas.
La segunda razón es porque todavía no se puede subir el archivo de Previred. Se podrá subir a partir del lunes que viene, 4 de mayo. Y Previred todavía tiene que darnos los detalles cuando el Congreso resuelva.
Como es lógico nuestros usuarios contadores que calculan las liquidaciones están al límite, todos les exigen las liquidaciones, los gerentes para tener la información, y los trabajadores para percibir sus remuneraciones.
Este es un mensaje en apoyo de nuestros usuarios contadores/as que van a tener que trabajar haciendo horas extra los últimos días. Estamos en una situación extrema. Es la crisis más grande que va a sufrir el mundo desde la Gran Depresión de los años 30. Si en estas circunstancias un trabajador no puede comprender que vaya a percibir su sueldo unos días más tarde, es que no ha leído la prensa, ni visto la televisión ni las redes sociales. En cuanto a los gerentes, saben muy bien de lo que estamos hablando, porque nos cuentan todos los días los equilibrios que tienen que hacer para seguir adelante.
Nosotros publicaremos una actualización mañana 29 o el lunes 4. No queremos actualizar algo que sabemos que no servirá. Por eso pedimos paciencia y comprensión.
Muchas gracias.


38 Comentarios
Pero el cálculo sólo afectaría las imposiciones, por lo tanto la liquidación con pago al trabajador se puede sacar igual o no? El hecho de pagar el100% o el 50% de las imposiciones serán a cargo del empleador. Al menos así lo entiendo yo o estoy equivocada?
Debida a la actual situación, decidi hacer las liquidaciones de mis trabajadores que siguen trabajando para poder pagar los sueldos y después que se defina la ley y los cambios, lo reproceso incluyendo los empleados suspendidos. Un saludo.
Respecto a esto mismo, tenemos mucha información informal de partes de las autoridades, tanto por parte del gobierno como, inspección del trabajo y AFC.
Por ahora debemos seguir esperando que se promulgue la ley respecto a esto y luego el proceso de postulación será otra valla que deberemos resolver como empleadores y trabajadores durante estos dos meses.
Gracias por la informacion y aclaracion.
Estimados:
He calculado los sueldos de los trabajadores y aquellos que están acogidos a la Ley de protección del empleo, a pesar de ingresar el periodo de cobertura, permanecen con todos los días trabajados y por tanto con el mismo liquido a pago. Esto significa que debo ingresar la ausencia de los dias no trabajados de forma normal
Lo mismo me sucede a mi… Espero que lo solucionen
Hola, a esta hora ya aparecen los códigos de movimiento pero el cálculo no es correcto, de hecho no refleja ningún efecto. Previred ya hace el cálculo correctamente, cuando quedará habilitado correctamente? Igual no me parece que se mencione que los contadores hacemos «horas extras» cuando se sabe que nuestras remuneraciones se perciben como honorarios y en esta profesión nos ha tocado un doble esfuerzo para dar cumplimiento al proceso de Renta AT2020.
Atte
Hola, estoy en Previred, y tengo dudas: el aporte de la empresa al seguro cesantia solidario, de un trabajador con más de 11 años con mismo empleador no calcula 0.8% y por ende a pagar 0.4% si no que que calcula el 0.2% de la renta imponible quedando a pagar el 0.1% de la renta imponible .
Me perdí…
Ángela, por lo que veo usted es contador y conoce Laudus, me gustaría poder contactarme con usted ya que en mi empresa necesitamos un contador que conozca laudus. Le dejo mi mail m.comcarrielg@gmail.com, saludos.
Critica a Laudus el sistema no se actualiza, a pesar que salio la Ley el 06 de Abril de Protección al empleo, ellos no actualizaron el ERP, no ayudando a sus clientes en el proceso de remuneraciones, el call center y soporte pelotean al cliente sólo señalando que esperan un cambio de la ley o que los desarrolladores no han actualizado el sistema.
Para futuros clientes les advierto no adquieran el sistema, no apoyan al cliente con actualizaciones, por lo cual deberán hacer los cálculos manuales de remuneración y actualizar manualmente Previred
Estimados, se actualizó el movimiento de personal, pero no realiza ni siquiera el calculo del los días de ausencia!!!! me van a decir que hay que realizar todo el calculo a mano??????????? Se llama a soporte y para variar
Buen día, por favor ya estamos en el tope de pagar las cotizaciones previsionales y aun no sé sabe cual es el porcentaje del sueldo que se utilizará para cotizar de las personas que están con suspensión de contrato por pacto, en Laudus se creo el concepto pero no aparece como días no trabajados, por favor como se hace para pagar las cotizaciones en forma correcta
De antemano gracias
Estimados por favor que ocurre? hoy es 12 de mayo, mañana es el tope para pagar previred y mi Laudus no funciona, no me deja realizar el proceso para previred, la verdad es que no se que hacer, en Laudus no responden ni telefónicamente ni por correo
Horrible el servicio, estuve averiguando y otros ERP ya tienen implementados los cambios, pero Laudus, le tira la pelota al cliente, se esta pagando por un servicio, encuentro muy poco serio que te den como respuesta que se realicen los cálculos en forma manual, la única solución es ingresar en forma directa en previred a los trabajadores que están con suspensión por pacto, la plataforma de previred realiza el calculo, pero hay que eliminar del archivo plano a la gente que se ingresa por nómina manual. Es la única solución que encontré.
Tenemos que hacer todo a mano en la página de Previred para el pago de las imposiciones de los trabajadores con pacto. Los otros ERP si lo hacen y funciona.
Gracias
Me di el trabajo de clasificar a cada trabajador correctamente para cargar la planilla y no sirvió de nada, tengo que ingresar uno a uno!!! Está bien el tema del parche, pero a estar alturas debieron tener una solución prevista, tengo un listado de 75 trabajadores que ingresar y por esperar si tenían una solución voy a tener que digitar uno a uno…. No entiendo tanta explicación sin solución, la contabilización también la tendremos que digitar manualmente?
Personalmente igual tuve que hacer todo manual Softland tampoco estaba preparado
Asi que pague co el 50% del sueldo que sirvio de base para el calculo del pago de la Afc xqie eso es lo piblicado en el diario oficial por lo menos hasta el 13 de mayo 2020….y despues veremos las diferencias …pero créanme que ha sido un caos general aqui des de Puerto Montt
Estimados
Para cuando tendran la actualizacion del modulo de remuneraciones?????